Oportunidades
Producto de inversión, no solo metros
No todas las naves son la misma inversión. Estas son las fórmulas con las que un inversor entra en el industrial canario, ordenadas por el tipo de retorno y el riesgo que asume cada una. Elegir bien la fórmula antes de mirar metros es lo que separa una compra rentable de un activo parado.
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Naves ya alquiladas
Activos con inquilino y contrato en vigor: renta desde el primer día y un riesgo conocido. El retorno está en la renta corriente, no en la apreciación, así que el análisis se centra en quién paga y por cuánto tiempo. Encaja con el inversor que busca flujo estable y previsible más que revalorización.
Renta inmediata · riesgo bajo-medio
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Sale & leaseback
Una empresa vende la nave que ocupa y firma a la vez un contrato de arrendamiento para seguir dentro como inquilina. Tú compras un activo que ya genera renta y con un ocupante motivado en quedarse, porque es su propio centro de actividad. Encaja con quien prioriza estabilidad del inquilino y un horizonte de contrato largo.
Inquilino comprometido · contrato largo
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Reposicionamiento
Naves que entran a buen precio y que, con una reforma, un cambio de uso o un nuevo contrato, ganan valor y renta. El retorno está en la mejora que tú aportas, no en comprar barato sin más. Exige más capex de entrada y más gestión, y encaja con el inversor que tolera riesgo a cambio de crear valor.
Capex de entrada · creación de valor
Cómo priorizamos una oportunidad
Antes de mover una operación miramos tres cosas en este orden: la solvencia del inquilino —quién paga la renta y con qué historial—, el plazo residual del contrato —cuánta renta está comprometida y por cuánto tiempo— y el precio de entrada en €/m² frente a la zona. Una nave con inquilino dudoso y contrato corto a precio de zona no es una oportunidad por mucho que el yield sobre el papel parezca alto; el riesgo se lo come. Priorizamos lo que da renta real y sostenible, no el porcentaje más vistoso del anuncio.
Cómo funciona un sale & leaseback en Canarias
La mecánica es la de una compraventa ordinaria a la que se le añade un contrato de arrendamiento firmado en el mismo acto. La empresa propietaria vende su nave y se queda dentro como inquilina, normalmente con un contrato de plazo largo. Para ti como inversor, el atractivo es doble: compras un activo que ya genera renta y el inquilino es la propia empresa que necesita ese inmueble para operar, así que tiene un incentivo fuerte en cumplir y renovar. En la parte fiscal, la compraventa tributa por IGIC si el vendedor es una empresa sujeta, o por ITPAJD según el supuesto, y el arrendamiento posterior queda sometido a la Ley 29/1994 (LAU) por tratarse de un uso distinto del de vivienda. Lo habitual es que promueva la operación una empresa que necesita liberar el capital inmovilizado en su nave sin dejar de usarla.